jueves, 14 de junio de 2012


INCLUSIÓN



Se refiere a la oportunidad que se ofrece a la persona en 

situación de vulnerabilidad para  participar plenamente en todas las actividades.




UNA EDUCACIÓN INCLUSIVA INVITA A...
  • Comprender la diversidad como fuente de enriquecimiento para el desarrollo social e intelectual de todos.
  • Promover la participación de todos los estamentos de la comunidad.
  • Trabajar colaborativamente para  lograr metas comunes y particulares.
  • La definición de un lenguaje común permite el nacimiento de una comunidad lingüística de carácter incluyente. 



         PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA INCLUSIÓN


ENFOQUE DE DERECHOS
Énfasis en las personas y sus relaciones sociales haciendo equivalente el  sujeto social con el sujeto de derechos.

EQUIPARACIÓN DE OPORTUNIDADES
Proveer a todas las personas experiencias de vida similares que permitan el desarrollo máximo de su potencial.

    EQUIDAD
Entendida en términos de dar a cada quien, lo que  cada quien necesita. Permite mayor desarrollo, inclusión social y cultura de paz basada en el respeto y la valoración de la diferencia.

SOLIDARIDAD
Relaciones basadas en el reconocimiento recíproco y el apoyo mutuo.




NORMATIVIDA INTERNACIONAL

         La convención de los derechos humanos (Naciones unidas, 1989)


         La conferencia mundial sobre educación para todos (Jomtien, 1990)

         Las normas uniformes de las naciones unidas sobre igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad(Naciones Unidas, 1994)

         La conferencia mundial sobre necesidades educativas especiales acceso y calidad. (Salamanca, 1994 )

         La convención de derechos de las personas con discapacidad (Naciones Unidas, 2008).




NORMATIVIDA NACIONAL

         En la década de los 90 surge la legislación general del mejoramiento de las condiciones de vida de las personas con discapacidad.

          En 1991, en la nueva Constitución Nacional, el Estado reconoce sus obligaciones para con estas personas  a través de los artículos 13, 42, 47, 54, 68.

         En el año 1994, en la  ley 115, contempla el proceso educativo de las personas con limitaciones físicas, síquicas o sensoriales dentro del contexto de servicio público de educación.

          En el año de 1996 el gobierno nacional reglamenta a través del decreto 2082 del 18 noviembre,  la satisfacción de las necesidades educativas y de integración académica, laboral y social de las personas con discapacidad.

          En el año 2006 se define una política pública  para garantizar una educación inclusiva, lo cual implica reconocer la diversidad y permitir que cualquier estudiante, independiente de sus características personales o culturales, sea acogido por la institución educativa y pueda gozar de igualdad de oportunidades.

         En el año 2009 esta ley fue ratificada por parte del gobierno Colombiano a través de la Ley 1346, en el artículo 24, donde  se expresa claramente el derecho a la educación inclusiva.

PARA AMPLIAR EL TEMA DE NORMATIVIDAD SOBRE EL PRINCIPIO DE INCLUSIÓN EN COLOMBIA, VISITA EL SIGUIENTE LINK:  http://fundacionmunayka.blogspot.com/2011/01/decreto-366-de-febrero-de-2009.html